Sumario

1. Introducción. — 2. El accidente de tránsito. — 3. Delimitando la actividad riesgosa o peligrosa. — 4. Generalidades sobre la responsabilidad civil y sus elementos. — 5. Eximentes de la responsabilidad civil. — 6. Alcances de la fractura causal y concausa por la propia víctima. — 7. Naturaleza de la responsabilidad civil por accidentes ferroviarios. — 8. Situaciones peculiares que se presentan en la responsabilidad civil por accidentes ferroviarios desde la doctrina argentina. — 9. Daños reflejos por la muerte de un pariente. — 10. Daño moral por la muerte de un hijo. — 11. La prueba y los medios probatorios extemporáneos. — 12. Comentarios a la Casación N.° 1714-2018 Lima. —13. Conclusiones. — 14. Referencias bibliográficas.

Resumen

Se reflexiona sobre los siguientes puntos: ¿un menor de edad con autismo atropellado tiene culpa en la producción del daño?, ¿la madre tendría la responsabilidad ante la invasión en vía exclusiva de manera intempestiva generándose un hecho propio?, ¿la muerte del menor sería un efecto reflejo del daño producido a determinarse?, ¿existe libre criterio de cuantificación de los parámetros o criterios generales de aplicación?, entre otros.

ABSTRACT

It reflects on the following points: is a minor with run-over autism guilty in the production of the damage? Would the mother be responsible for the invasion in an exclusive way in an untimely way generating a fact of her own? the child’s death would it be a reflex effect of the damage produced to be determined? Is there a free criterion for quantification of the parameters or general criteria of application? among others

Keywords: Risky or dangerous activity / objective liability / exemption from civil liability / rail accidents.

Title: The fact of the victim herself when entering a railway does not cause the fracture of the causal link

1. Introducción

En el presente artículo abordaremos cada uno de los temas tratados en la resolución contenida en la Casación N.° 1714-2018-Lima expedida por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Expidiéndose esta sentencia casatoria en razón a los hechos lamentables acontecidos el día 27 de junio del 2010, en que el menor de 11 años de edad, hijo de Lis Geraldine Rojas…