Frente a un caso en el cual, no obstante en la demanda se había invocado la nulidad, y se trataba de un supuesto de ineficacia por tratarse de un falsus procurator y frente a una audaz decisión emitida por el 63.° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, con Resolución N.° 28, del 24 de agosto del 2006, observé que “en aplicación del aforismo iura novit curia, el juez puede…