Sumario
1. Introducción. 2. El derecho de la mujer frente a una vida libre de violencia. 3. La tutela preventiva de los derechos de la personalidad. 4. El riesgo de daño al derecho de la mujer a una vida libre de violencia. 5. Tutela diferenciada idónea para la tutela preventiva. 6. Las medidas de protección. 7. Características del proceso especial de medidas de protección. 8. Estándar probatorio para la valoración de los hechos denunciados. 9. Conclusiones. 10. Referencias bibliográficas. 11. Referencias jurisprudenciales.
Resumen
La necesidad de asegurar el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia, como se ha consagrado en instrumentos internacionales, importa el dictado de medidas de protección con un enfoque preventivo, autónomo, sumarísimo, de competencia concurrente, legitimidad amplia para obrar, con contradictorio diferido y, sobre todo, con plena valoración de los riesgos futuros a partir de la conducta denunciada, de tal manera que la medida escogida sea idónea para colocar a la víctima en condiciones de seguridad.
Palabras clave: Estándar de prueba, medidas de protección, tutela preventiva, vida libre de violencia
Fundamento legal: Arts. 139.14 de la Const. Pol.; 9, 14, 15, 22, 32 de la Ley N.º 30364
1. Introducción
El proceso especial de medidas de protección frente a la violencia de género, regulado por la Ley N.º 30364, constituye un proceso civil tutelar del derecho de la mujer a una vida sin violencia, tiene el propósito de dar una respuesta eficaz y tempestiva frente a los actos de violencia, restringiendo la libertad del denunciado, a fin de garantizar la incolumidad de la mujer o de evitarle mayor…

