Sumario

1. Introducción. 2. La inoponibilidad en la simulación. 3. Requisitos que debe cumplir el tercero para oponerse a la simulación. 4. La inoponibilidad de la simulación lícita. 5. Fundamentos para la protección de la adquisición de terceros frente a la simulación. 6. La retentio possessionis como una circunstancia de oponibilidad de la simulación al tercero adquiriente de una compraventa. 7. Conclusiones. 8. Referencias bibliográficas. 9. Referencias jurisprudenciales.

Resumen

El autor plantea una reflexión sobre la inoponibilidad de la simulación de un acto de transferencia de propiedad, resaltando los fundamentos por los cuales la situación jurídica del tercero adquiriente de quien aparentaba la propiedad del bien debe ser protegida, precisándose cuáles son los requisitos que exige el artículo 194 del Código Civil para hacer valer dicha protección; además de ello, se analiza especialmente la retentio possessionis como un hecho relevante para evidenciar la mala fe del tercero adquiriente.

Palabras clave: Buena fe, inoponibilidad, retentio possessionis, simulación, tercero adquiriente

Fundamento legal: Art. 194 del CC

1. Introducción

A través de la simulación, las partes simulantes muestran una apariencia a quienes no formaron parte del acto simulado, a fin de alcanzar una determinada ventaja lícita o ilícita; no obstante, esa apariencia también puede ocasionar un beneficio para algún tercero que ha creído en esa existencia, y un menoscabo para alguna de las partes simulantes.En la praxis, existen casos en los cuales el…