¿Procede homologar vía execuátur una sentencia que aplica reglas de interdicción que no le reconocen capacidad a una persona?
[pp. 166-168]
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Referencias Bibliográficas
- 1.“[E]l criterio de la legislación nacional reconoce, entonces, que es posible reconocer sentencias extranjeras en el Perú que contravengan el orden público nacional pero no aquellas que tengan carácter internacional” (Cienfuegos Falcón, 2023, p. 1171). Volver
- 2.Publicado el 31 de diciembre del 2007 en el diario oficial El Peruano. Volver