Texto de la Casación

CASACIÓN N.° 1036-2019 LORETOSumilla: El artículo 265 del Código Procesal Civil, prevé q ue el dictamen se explique en audiencia de pruebas; además, las observaciones formuladas por las partes deben realizarse en ella. Pero no solo ello se debe tener en cuenta, sino también cuando existen dictámenes contradictorios es necesario que se convoque a la audiencia a los peritos que los realizaron a fin…