CASACIÓN N.° 2058-2018 LIMA NORTE Sentencia en Casación, Año XXV / N.° 806 (El Peruano, 31/12/2021, p. 168) Proceso Nulidad de acto jurídicoDecisión InfundadaArtículos aplicablesConstitución Política: art. 2, inc. 14Código Civil: arts. 219, inc. 1, y 315Fundamento jurídico[A]l haberse determinado que el demandante tenía conocimiento del acto y que aceptó las condiciones del mismo, se advierte que…
Al exigir el cumplimiento de las prestaciones, el cónyuge pierde legitimidad para solicitar la nulidad del contrato en virtud del artículo 315 del Código Civil (Casación N.° 2058-2018-Lima Norte)

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