Texto de la Casación

CASACIÓN N.° 1569-2018 LIMASumilla: No puede concluirse que el demandante se encuentre en un estado de necesidadapremiante, pues ha sido verificado a través de todo el proceso (siendo él mismo quien lotramita) que puede realizar sus labores normales y propias de su actividad laboral,demostrando que las dolencias alegadas no lo limitan en dicho ejercicio; en consecuenciano se encuentra acreditado…