A propósito de la sentencia emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, de fecha 27 de setiembre del 2018 (Casación N.° 3848-2017-Lima), por la que por unanimidad se resolvió casar el auto de segunda instancia emitido por la Quinta Sala Civil de Lima que amparó una excepción de falta de legitimidad para obrar del demandante, abordaremos el concepto de legitimidad para obrar, su regulación en nuestro Código Procesal Civil y, sobretodo, cómo viene resolviendo en esta materia el Poder Judicial.
Sumario
1. Breve reseña sobre lo resuelto por la Corte Suprema en la Casación N.° 3848-2017-Lima.- 2. La legitimación en los casos en los que la parte material original no es la que solicita tutela en juicio.- 3. La legitimidad para obrar en el proyecto de reforma del Código Procesal Civil.- 4. A modo de conclusión.- 5. Referencias bibliográficas.
Resumen
A partir de la noción de legitimidad para obrar activa formulada por el Sala Suprema, la autora sostiene que en el caso concreto es correcto admitir que el demandante se halla habilitado para pretender el pago de penalidades al emplazado, más allá de no haber sido parte material del arrendamiento original en el que se pactaron dichas obligaciones, cuya fundabilidad, en todo caso, exige un…
