¿Es admisible la resolución de un contrato de cuenta corriente por iniciativa del banco sin mediar una justificación para el cliente?
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Referencias Bibliográficas
- 1.Supo Calderón, Daniela y Víctor Hugo Bazán Vásquez, “El deber de información y el estándar de razonabilidad en las garantías implícitas del consumidor”, en Forseti, vol. 8, n.° 12, Lima: 2020, p. 74. Volver
- 2.Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Resolución N.° 838-2008, Lima: 28 de marzo del 2008. Volver
- 3.Tribunal Constitucional, Expediente N.° 02124-2017-PA/TC, Lima: 7 de enero del 2021, f. j. n.° 8. Volver
- 4.Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria (ponente: Sr. juez Pedro Cartolin), Casación N.° 1576-2016 Lima, Lima: 7 de junio del 2017, considerando cuarto. Volver