No se configura una doble venta ilícita cuando se advierte que el primer contrato contiene solo una promesa de venta

CASACIÓN N.° 2283-2017 TACNASumilla: La venta de bien ajeno propiamente no es una transferencia, sino una promesa de venta. Es por ello que el artículo 1537 del Código Civil indica que cuando ambas partes saben que el bien es ajeno rige lo dispuesto en los artículos 1470 a 1472 que regula la promesa de obligación.Lima, doce de abril de dos mil diecinueve.LA SALA CIVIL TRANSITORIA DE LA CORTE…