Sumario
1. Introducción. — 2. La petición de conciliación. — 3. La invitación y la notificación electrónica. — 4. La audiencia de conciliación virtual. — 5. El acta de conciliación, la autonomía de la voluntad y el consentimiento electrónico. — 6. ¿Es necesario modificar la Ley de Conciliación para implementar la conciliación virtual? — 7. Conclusiones y recomendaciones. — 8. Referencias bibliográficas.
Resumen
La autora se muestra a favor de introducir herramientas virtuales en el procedimiento conciliatorio, sin que ello exija un cambio en la Ley de Conciliación, sino más bien en la normativa reglamentaria, pudiendo prescindirse del soporte papel en la etapa de la solicitud, en el desarrollo de las audiencias y en la elaboración del acta.
Palabras clave: Audiencia virtual / Centro de conciliación / Firma digital / Notificación electrónica
Recibido: 09-01-21
Aprobado: 14-01-21
Publicado en línea: 01-02-21
1. Introducción
Uno de los principios que rige los mecanismos alternativos de resolución de conflictos es el principio de la autonomía de la voluntad, el cual permite a las partes tener una participación activa en el procedimiento, más allá de elegir el procedimiento extrajudicial de conciliación o de arbitraje como el medio de solución de sus conflictos. Así, en la conciliación extrajudicial, los conciliantes…

