CASACIÓN N.° 238-2017 LIMASentencia en Casación, Año XXIV / N.° 792 (El Peruano, 09/11/2020, p. 86)ProcesoDesalojoDecisiónInfundadaArtículo aplicableCódigo Procesal Civil: art. 194Fundamento jurídico[S]i bien se exige a las partes que por la vía del proceso sumarísimo solo ofrezcan pruebas de actuación inmediata (para evitar que estas dilaten innecesariamente el proceso), la ley procesal no…
En el proceso sumarísimo no se limita la potestad del juez de incorporar pruebas que requieran actuación

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- Texto de la Casación
- Referencias bibliográficas
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