La aplicación de la triple identidad al dilucidarse la excepción de cosa juzgada

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Contenido
- No se cumple la identidad en el sujeto demandado para estimar la excepción de cosa juzgada
- No hay identidad entre dos procesos de nulidad si la causal invocada es distinta
- Se desestima la excepción de cosa juzgada tras advertirse que el demandante ha invocado hechos nuevos en el segundo proceso
- No procede la excepción de cosa juzgada si los procesos se suscitaron a partir de acuerdos comerciales con causa distinta
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