CASACIÓN N.° 1673-2017 CUSCO*Sumilla: “por el principio de que la cosa juzgada solo produce efectos inter partes, no puede oponerse los efectos de la sentencia emitida en el proceso cuestionado a los terceros que no participaron en él. En el caso concreto, no puede imponerse sus efectos a la actora ni a su extinto cónyuge, toda vez que no fueron correctamente notificados con la demanda ni la…
La falta de notificación válida en el proceso cuestionado habilita la nulidad por cosa juzgada fraudulenta

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