CASACIÓN N.° 5546-2017 CALLAO Sentencia en Casación, Año XXIII/ N.° 787(El Peruano, 01/06/2020, p. 92)ProcesoNulidad de matrimonioDecisiónFundadaArtículos aplicablesCódigo Civil: art. 274. 3Código Procesal Civil: arts. 188 y 197Fundamento jurídico[E]l juez en los proceso de familia debe asumir una conducta conciliadora y sensible que supere los formalismos y las meras cuestiones técnicas, y ello…
La flexibilización procesal en el derecho de familia admite la incorporación de medios de prueba extemporáneos

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