CASACIÓN N.° 3975-2015 CUSCOSentencia en Casación, Año XXIV / N.° 786(El Peruano, 04/03/20, p. 125)ProcesoDivisión y partición de bienesDecisiónFundadaArtículos aplicablesCódigo Civil: arts. 143 y 853Fundamento jurídico[S]i bien el demandante suscribió junto a sus hermanos el documento denominado “Entendimiento entre los Herederos Castillo Tapia-respecto del bien inmueble sito en la Casa número…
Procede la división y partición judicial cuando se persiga la formalización de un acuerdo entre herederos (Casación N.° 3975-2015 Cusco).

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