CASACIÓN N.° 1690-2017 ANCASHSentencia en Casación, Año XXIV/ N.° 786(El Peruano, 04/03/2020, p. 363)ProcesoEjecución de garantíaDecisiónInfundadaArtículos aplicablesCódigo Civil: arts. 1098 y 1099Fundamento jurídico[P]ara la procedencia de la ejecución de garantías a favor de empresas que integran el sistema financiero, a la demanda de ejecución deberá acompañarse: i) Documento constitutivo de…
Los agravios del ejecutado son desestimados si se cumplen los requisitos para la ejecución de la hipoteca y no se dedujo contradicción (Casación N.° 1690-2017 Ancash)

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