CASACIÓN N.° 4887-2016 AREQUIPASentencia en Casación, Año XXIV / N.° 782(El Peruano, 09/01/2020, p. 143)ProcesoDivisión y partición de bienesDecisiónInfundadaArtículos aplicablesConstitución Política: art. 139.3 y 139.5Código Procesal Civil: arts. ii y vii del TP, 50.6 y 445Código Civil: arts. 831 y 833Fundamento jurídico[A]l pretender la codemandada el ingreso a colación del bien inmueble…
Solo a través de una reconvención el demandado puede ingresar un nuevo bien al debate de una división y partición

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