CASACIÓN N.° 4351-2015 LIMA NORTE*Sumilla: “Estamos frente a una infracción motivacional cuando lo expuesto por el Órgano Jurisdiccional Superior de revisión se restringe a afirmar en cada uno de sus considerandos que comparte el criterio del Juzgado por ser correcto lo argumentado por el Juez, sin desarrollar debida y suficientemente las razones del porque son correctas las conclusiones…