CAS. N.° 15513-2015 AYACUCHOSentencia en Casación, Año XXIII / N.° 767(El Peruano, 30/04/2019, p. 125597)ProcesoNulidad de acto jurídicoDecisiónInfundadoArtículos aplicablesCódigo Civil: art. 219Fundamento jurídico7.9. Ante la controversia suscitada, debe precisarse que, una vez que la autoridad administrativa competente inscribe en los Registros Públicos el derecho de propiedad del poseedor del…