Sumario
1. A modo de introducción. — 2. Argumentos funcionales a favor de la tesis “proineficacia” del acto de disposición de un bien social por uno de los cónyuges. — 3. Generando una duda razonable: la tesis “proineficacia” no necesariamente es preferible, funcionalmente, a la tesis “pronulidad”. — 4. Conclusiones. — 5. Referencias bibliográficas.
Resumen
Partiendo de la premisa que es posible considerar que el acto de disposición de un bien social por uno de los cónyuges es un negocio jurÍdico nulo a la luz del dato normativo contenido en el ordenamiento jurÍdico peruano, el artÍculo brinda argumentos que pretenden generar una duda razonable respecto a si, verdaderamente, la tesis que considera que dicho acto de disposición es válido pero ineficaz se presenta como preferible o más beneficiosa respecto de la tesis en pro de la nulidad.
Palabras clave: Acto de disposición / Bienes sociales / Ineficacia en sentido estricto / Interés positivo / Interés negativo
ABSTRACT
Starting from the premise that it is possible to consider that the act of disposition of a social good by one of the spouses is a null legal business in light of the normative data contained in the Peruvian legal system, the article provides arguments that purport to generate a reasonable doubt as to whether,indeed, the thesis that considers that said act of disposition is valid but ineffective is presented as preferable or more beneficial with respect to the thesis in favor of nullity.
Keywords: Disposition act / Social assets / Ineffectiveness in the strict sense / Positive interest / Negative interest
1. A modo de introducción
Dentro de la compleja temática de la compraventa de bien ajeno, que en el ordenamiento peruano ha merecido meditadas contribuciones1, se puede encuadrar la compraventa de los bienes sociales por parte de uno de los cónyuges. Problemática que ha sido objeto de la convocatoria al VIII Pleno Casatorio Civil, cuya emisión, lamentablemente, aún no se produce2.Ahora bien, dicho problema es posible…

