CAS. N.° 16892-2016 CUSCO*Nulidad de resolución administrativa: La resoluciones de vista y de primer grado, infringen los artÍculos 124 y 147 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, afectando también el artÍculo 139 incisos 3) y 5) de la Constitución PolÍtica del Perú, que regulan el derecho a la motivación de las resoluciones judiciales, al debido proceso y a la tutela…
Sería casual de suspensión de la caducidad la paralización y huelga de los trabajadores del Poder Judicial

Desbloquea el contenido
Para leer el artículo completo necesitas iniciar sesión.
¿No tienes suscripción? Suscríbete ahora