CAS. N.º 835-2016 AYACUCHO Sentencia en Casación, Año XXIII / N.° 762 (El Peruano, 03-01-2019, p. 121665) Proceso Cambio de nombre Decisión Fundado Artículos aplicables Código Civil: arts. 19 y 29 Fundamento jurídico [S]i la regla general del artículo 29 del Código Civil establece que nadie puede cambiar su nombre ni hacerle adiciones, la excepción será que se puede modificar solo por motivos…
Existe motivo justificado para cambiar el apellido si por su causa el menor sufre mofas que lo afectan psicológicamente

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