No requieren inscribir el apoderamiento en registros para la convocatoria a junta de propietarios los representantes de los titulares del 25 % de las participaciones

El último 13 de octubre fue publicado en el diario oficial El Peruano la Resolución del Presidente del Tribunal Registral N.° 248-2018-SUNARP/PT, que estableció un nuevo precedente a nivel registral por el cual la convocatoria a junta solicitada por el apoderado de los titulares que ostente cuanto menos el 25 % de participaciones sobre los bienes comunes de una edificación no requiere acreditar…