Sumario
1. Introducción. — 2. Análisis. — 3. Opinión. — 4. Colofón. — 5. Referencias bibliográficas.
RESUMEN
Se reflexiona sobre los siguientes puntos: ¿sería válida la comunicación de la resolución del contrato a la dirección del demandado que precisó en el contrato y que no comunicó su modificación?, ¿si se desconoce que el demandado recibió la comunicación que resuelve el contrato, no se constituiría como poseedor precario?, entre otros.
Palabras clave: Proceso de desalojo / Resolución contractual / Pleno casatorio / Precedente judicial
Recibido: 14-08-18
Aprobado: 15-08-18
Publicado en línea: 03-09-18
ABSTRACT
The following points are considered: would the communication of the termination of the contract be valid to the address of the defendant that was specified in the contract and that did not communicate its modification? If it is not known that the respondent received the communication terminating the contract, would not be constituted as a precarious possessor ?, among others.
Keywords: Eviction process / Contract resolution / Full court / Judicial precedent
Title: The termination of the contract and the precarious holder
Author: Christian Cárdenas Manrique
1. Introducción
1. Introducción En la Casación N.° 1725-2016-Lima Este, se aprecia como antecedente la demanda de desalojo por ocupación precaria interpuesta contra Nolberto Solano. La demanda se sustentó en que se había celebrado un contrato de compraventa de un bien y que, al no cumplirse con el pago ni con la firma de la escritura pública, se remitió una carta notarial al demandado con la indicación de que el…
