CAS. N.° 3658-2016 PIURA Sentencia en Casación, Año XXII / N.º 750 (El Peruano, 03-07-2018, p. 111103) Proceso Interdicto de recobrar Decisión Fundado Artículos aplicables Código Civil: arts. 896 y 897 Fundamento jurídico [L]a posesión de un bien no solamente debe ser física, sino también se puede dar mediante la figura jurídica del servidor de la posesión, quien posee determinado bien, porque…
Puede promover el interdicto el poseedor constituido como tal mediante un servidor de la posesión (Cas. N.° 3658-2016 Piura)

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