Sumario
1. Introducción. — 2. Finalidad de la conciliación extrajudicial. — 3. El “fortalecimiento” de la conciliación extrajudicial a través de su obligatoriedad. — 4. La exigencia de la conciliación no afecta el derecho a la tutela jurisiccional efectiva. — 5. Conclusiones. — 6. Referencias bibliográficas.
RESUMEN
Se reflexiona sobre los siguientes puntos: ¿se puede distinguir entre la obligatoriedad de conciliar como mecanismo y el arribar a un acuerdo?, ¿se exige el cumplimiento del requisito de procedibilidad y al interior de un proceso judicial?, ¿los medios alternativos de resolución de conflictos contravendrían o no la tutela judicial efectiva?, entre otros.
Palabras clave: Conciliación extrajudicial / Procedibilidad / Tutela judicial efectiva
Recibido: 02-05-18
Aprobado: 05-05-18
Publicado en línea: 04-06-18
ABSTRACT
We reflect on the following points: can we distinguish between the obligation to reconcile as a mechanism and reach an agreement? Is it required to comply with the procedural requirement and within a judicial process? Are alternative means of resolution of conflicts would be against or not effective judicial protection ?, among others.
Keywords: Extrajudicial conciliation / Procedure / Effective judicial protection
Title: Reconciliation is the worst of the systems, with the exception of the others
Author: F. Martín Pinedo Aubián
3. El “fortalecimiento” de la conciliación extrajudicial a través de su obligatoriedad
Un tema adicional que debe merecer atención por parte del Ministerio de Justicia es el relacionado a la obligatoriedad de la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad, que viene siendo implementada de manera progresiva. Recordemos que por Decreto Supremo N.° 005-2010-JUS se estableció el calendario oficial de entrada en vigencia de la obligatoriedad de la conciliación…

