Sumario

1. Introducción. — 2. Finalidad de la conciliación extrajudicial. — 3. El “fortalecimiento” de la conciliación extrajudicial a través de su obligatoriedad. — 4. La exigencia de la conciliación no afecta el derecho a la tutela jurisiccional efectiva. — 5. Conclusiones. — 6. Referencias bibliográficas.

RESUMEN

Se reflexiona sobre los siguientes puntos: ¿se puede distinguir entre la obligatoriedad de conciliar como mecanismo y el arribar a un acuerdo?, ¿se exige el cumplimiento del requisito de procedibilidad y al interior de un proceso judicial?, ¿los medios alternativos de resolución de conflictos contravendrían o no la tutela judicial efectiva?, entre otros.

Palabras clave: Conciliación extrajudicial / Procedibilidad / Tutela judicial efectiva

Recibido: 02-05-18

Aprobado: 05-05-18

Publicado en línea: 04-06-18

ABSTRACT

We reflect on the following points: can we distinguish between the obligation to reconcile as a mechanism and reach an agreement? Is it required to comply with the procedural requirement and within a judicial process? Are alternative means of resolution of conflicts would be against or not effective judicial protection ?, among others.

Keywords: Extrajudicial conciliation / Procedure / Effective judicial protection

Title: Reconciliation is the worst of the systems, with the exception of the others

Author: F. Martín Pinedo Aubián

3. El “fortalecimiento” de la conciliación extrajudicial a través de su obligatoriedad

Un tema adicional que debe merecer atención por parte del Ministerio de Justicia es el relacionado a la obligatoriedad de la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad, que viene siendo implementada de manera progresiva. Recordemos que por Decreto Supremo N.° 005-2010-JUS se estableció el calendario oficial de entrada en vigencia de la obligatoriedad de la conciliación…