Sumario

1. Introducción. — 2. El debido proceso en la Constitución Política y la ley procesal peruana. — 3. La motivación de las resoluciones judiciales en la Constitución Política y la ley procesal peruana. — 4. La propiedad horizontal. — 5. El régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común. — 6. Alcances de la Casación emitida por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema, recaída en el Expediente N.° 2709-2016-Lambayeque. — 7. Comentarios a la Casación emitida por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema, recaída en el Expediente N.° 2709-2016-Lambayeque. — 8. Conclusiones. — 9. Referencias bibliográficas.

RESUMEN

El autor destaca que, en aplicación de una debida motivación, la Sala Suprema ha dado relevancia a criterios lógicos sobre el funcionamiento del régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, como la real participación en el uso y goce de las áreas y servicios comunes existentes a efectos de evaluar el cobro de las cuotas de mantenimiento.

Palabras clave: Debido proceso / Motivación de resoluciones judiciales / Propiedad horizontal / Propiedad exclusiva y común

Recibido: 07-03-18

Aprobado: 09-03-18

Publicado en línea: 02-04-18

ABSTRACT

The author emphasizes that, in application of due motivation, the Supreme Court has given relevance to logical criteria on the operation of the exclusive property regime and common property, such as the real participation in the use and enjoyment of the areas and services existing ones in order to evaluate the collection of maintenance fees.

Keywords: Due process / Motivation of judicial decisions / Horizontal Property

Title: The proper motivation of judicial decisions in the evaluation of the enforceability of payment of maintenance fees against the non-enjoyment of areas and services common

Author: Fernando Saettone García

1. Introducción

La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional establecida en la Constitución (art. 139.3) constituye el primer elemento rector de la función de administrar justicia. Es evidente que sin un debido proceso los justiciables no tendrían garantía de legalidad procesal que les permita postular sus pretensiones ante el órgano judicial correspondiente, poder defenderse en doble instancia y…