Sumario

1. Introducción. — 2. Posesión sin título. — 3. Restitución del bien. — 4. Legitimación en el proceso de desalojo. — 5. Legitimación en el proceso de desalojo. —6. Supuestos de posesión precaria. — 7. Prohibición de expedir sentenciainhibitoria. — 8. Prescripción de la acción interdictal y defensa del “derecho a la posesión”. — 9. Referencias bibliográficas.

RESUMEN

Se reflexiona sobre los siguientes puntos: ¿sería necesario que legalmente se distinga entre tenedor y servidor de la posesión?, ¿procedería el desalojo por precario si ha fenecido el titulo de los comodantes?, ¿se podría definir la precariedad solo como la ausencia de un acto jurídico?, ¿la vía sumarísima en el desalojo permite debatir adecuadamente la forma del título y que sea valorada como prueba plena en otro proceso?, entre otros.

Palabras clave: Tenedor / Servidor / Ausencia de acto jurídico / Prueba plena

Recibido: 26-01-18

Aprobado: 06-02-18

Publicado en línea: 02-03-18

ABSTRACT

The following points are considered: would it be necessary to legally distinguish between holder and servant of the possession ? If the title of the comodantes has expired, would the eviction proceed by precarious? Could precariousness be defined only as the absence of a legal act? Does the summary way in the eviction allow to adequately debate the form of the title and that is valued as full proof in another process ?, among others.

Keywords: Fork / Server / Absence of legal act / Full evidence

Title: Precarious possession. Binding jurisprudential doctrine

Author: Aníbal Torres Vásquez

1. Introducción

El IV Pleno Casatorio Civil (en adelante, el Pleno) establece siete precedentes jurisprudenciales vinculantes que, por disposición del artículo 400 del CPC, son de aplicación obligatoria por todos los órganos jurisdiccionales de la República en los procesos de desalojo por la causal de ocupación precaria. A continuación explicamos cada uno de estos precedentes vinculantes.