RES. N.° 2205-2017-SUNARP-TR-L Procedimiento Procedimiento de inscripción registral Decisión REVOCAR el numeral 1 y dejar sin efecto el numeral 2 de la observación formulada por el registrador público del Registro de Mandatos y Poderes de Huánuco Normas aplicables Código Civil: arts. 2036, 2037, 2049, 2051, 2052, 2070 y 2094 Reglamento General de los Registros: art. 11 Directiva N.º…
Si el poder expedido por notario extranjero se encuentra redactado en castellano no hay impedimento para que el registrador aplique la norma extranjera de oficio RES. N.° 2205-2017-SUNARP-TR-L

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