CAS. N.° 4903-2015 HUAURA Sentencia en Casación, año XXI, N.° 735 (El Peruano, 03-10-2017, p. 98929) Proceso Nulidad de acto jurídico Decisión Fundado Artículos aplicables Código Procesal Civil: artículo 65 y 445 Fundamento jurídico [L]a sentencia de vista contiene una contradicción al señalar por un lado que la reconvención tiene la naturaleza de una demanda, y por otro lado sostener que, como…
El integrante de una sucesión intestada puede reconvenir sin detentar poder porque para demandar tampoco se le es exigible (CAS. N.° 4903-2015 Huaura)

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