La notificación judicial como garantía del derecho de defensa y el debido proceso

* Sala Civil Permanente (ponente: Sr. juez Francisco Cunya), Casación N.° 1056-2015 Ica, Lima: 29 de setiembre del 2015. Publicado en el diario oficial El Peruano, el 1 de agosto del 2016. No solo basta alegar fraude o colusión de la sentencia impugnada como fraudulenta, sino atendiendo a la naturaleza excepcional de esta acción el demandante debe necesariamente acreditar que la sentencia que se…