1. No es necesaria la declaración previa de interdicción para determinar la incapacidad de las personas si esta fuese manifiesta

En ese sentido, se ha pronunciado la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en la CAS. N.° 683-2016 Callao, emitida el 8 de noviembre del 2016, dentro de un proceso de nulidad de acto jurídico. CAS. N.º 683-2016 Callao Emitida el 08 de noviembre del 2016 (Publicada en El Peruano, 31-08-17) Juez ponente Señor juez supremo Calderón Puertas. Normas aplicables Fundado…