Res. N.° 0676-2016/SPC-INDECOPI Publicado en página web de Indecopi Proceso Servicios médicos Decisión Infundado Normas aplicables Código de Protección y Defensa del Consumidor: artículos 18 y 19 Fundamentos jurídicos relevantes [Q]uedó acreditado que la Clínica había ofrecido a la parte denunciante una habitación individual, pero en lugar de ella le otorgó una compartida (sin haber acreditado…
Se determina como medida correctiva la devolución del monto excedente de contraprestación por incumplimiento del servicio médico no especificado conforme al plan de salud ofrecido (Res. N.° 0676-2016/SPC-INDECOPI)

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