CAS. N.º 4543-2015 ICA Reconocimiento de unión de hecho. Motivación escrita de las resoluciones judiciales: Dada la naturaleza de la causa, se prevé el principio del mínimo formalismo a fin de lograr el objetivo del proceso, lo cual es concordante con los lineamientos establecidos en el Tercer Pleno Casatorio Civil —Casación N.º 4664-2010/Puno—, en cuanto habilita la flexibilización de ciertos…
Para acreditar la unión de hecho puede tenerse en cuenta un proceso anterior en el que se notificó al fallecido en el domicilio convivencial (Cas. N.º 4543-2015 ICA).

Desbloquea el contenido
Para leer el artículo completo necesitas iniciar sesión.
¿No tienes suscripción? Suscríbete ahora