Una empresa y su cliente celebran intercambios comerciales en virtud a las necesidades de distribución de productos por lo que en una oportunidad el cliente acepta a favor de dicha empresa cinco letras de cambio en razón a las deudas contraídas en ese momento. Pasado el tiempo la Empresa giradora interpone demanda de obligación de dar suma de dinero contra el girado motivo de que no ha cumplido…
¿La extralimitación de facultades de quien gira letras de cambio se constituye como causal de nulidad formal de estas letras?

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