Sumario

1. Introducción. — 2. Materiales y métodos. — 3. Marco normativo testamentario disfuncional ante la realidad social. — 4. La necesidad de mejorar el alcance, contenido y actualización del testamento por escritura pública. — 5. Referencias bibliográficas.

Resumen

El derecho sucesorio establece un mecanismo por medio del cual el causante puede proyectar, planificar y disponer de su patrimonio a favor de sus sucesores a través de la emisión de un testamento. Sin embargo, estas reglas requieren una adaptación a las condiciones y situaciones contemporáneas a efectos de mejorar su regulación y establecer mejores mecanismos de seguridad jurídica, de conformidad con el contexto económico y patrimonial de la familia.

Palabras clave: Masa sucesoria, régimen testamentario, sistema económico patrimonial

Fundamento legal: Arts. 686 al 689, 691, 692, 696, 699, 707, 712, 716, 721 del CC

1. Introducción

Cuando se promulgó el Código Civil de 1984, el contenido del Libro de Sucesiones se basó en el ámbito normativo desarrollado en los anteriores códigos civiles, promulgados en los años 1852 y 1936 y basados en el Código Civil francés de 1804 (Bermúdez-Tapia, 2008, p. 69).Respecto de las perspectivas sociales, culturales, económicas, demográficas (Maicelo y Paredes, 2024), políticas y jurídicas en…

2. Materiales y métodos

La investigación que se presenta tiene una naturaleza cualitativa, de tipo básico, observacional, descriptivo, analítico y aplicativo, sobre la cual se cuestiona el contenido normativo del Libro de Sucesiones respecto del régimen testamentario planteándose la necesidad de una reformulación y sistematización de contenidos para establecer un único tipo de testamento que brinde una mayor y mejor seguridad a las partes que intervienen en dicho procedimiento, tomando en cuenta las condiciones que genera la tecnología y el manejo de datos e información de carácter personal y patrimonial que se registran en la actualidad.

Importante
La sociedad peruana, en forma general, es económicamente y socialmente liberal; por ende, las reglas del derecho de la propiedad no deberían estar condicionadas por las reglas sucesorias, especialmente cuando es posible identificar un abuso del derecho o la predominancia de derechos expectaticios.


El estudio es observacional y analítico respecto del contenido del Código Civil, por cuanto detallamos que la existencia de modelos testamentarios obsoletos constituye un elemento negativo y simbólico en la regulación civil que puede permitir una derogación de artículos que resultan disfuncionales en la actualidad (Delgado, 2009, p. 26).

Se hizo un estudio analítico de todos los tipos de testamentos regulados en el Código Civil, verificándose que, tanto para la población como para la muestra de estudio sobre la cual se puede proyectar la validación de la hipótesis, un único tipo de testamento resulta suficiente para regular un procedimiento a favor del causante que desea proyectar las condiciones que determinarán su patrimonio a su fallecimiento (Bermúdez-Tapia, 2021, p. 43).

Las variables en evaluación han sido: i) el objeto de estudio es la evaluación del marco normativo aplicable a los procedimientos testamentarios en el ámbito sucesorio; ii) la zona de estudio es de carácter nacional derivado del análisis del Código Civil; iii) el período de estudio está delimitado entre la promulgación del Código Civil en 1984 hasta la actualidad; iv) el contexto sucesorio contemporáneo, enfatizándose la diferenciación de contextos sociales, culturales, demográficos, económicos, políticos y jurídicos entre 1984 y la actualidad; v) el marco teórico analizado permite contradecir a la mayoría de académicos en las especialidades del derecho civil, derecho de familia, derecho penal y derecho sucesorio; vi) el marco normativo aplicable está centrado en la disfuncionalidad normativa del Código Civil frente a la obligación estatal de generar una mayor seguridad jurídica en el tráfico comercial y protección del patrimonio de las personas y sus entornos familiares (Ramos, 2004, p. 445); vii) la casuística evaluada está centrada en el análisis material de nuestra sociedad que no registra guerras, evidencia que no existen analfabetos con patrimonio registrado en la Sunarp y no se evidencian naufragios en embarcaciones con bandera peruana o con navegantes peruanos.