Sumario

1. Introducción. — 2. Certeza del daño. — 3. Daño patrimonial. — 4. El daño moral en la responsabilidad contractual. — 5. Referencias bibliográficas.

Resumen

Bajo la premisa de que tanto en la responsabilidad contractual como en la extracontractual solo el daño cierto puede ser indemnizado, el autor efectúa importantes precisiones sobre los daños resarcibles, así como la evolución legislativa que significó el reconocimiento de los daños morales en un contexto de inejecución de obligaciones; sobre todo, ofrece un panorama esclarecedor de cómo la doctrina nacional ha definido el daño extrapatrimonial en situaciones específicas que involucran a trabajadores mineros dependientes.

Palabras clave: Daño moral, daño patrimonial, ejecución de obligaciones, relación contractual

Fundamento legal: Arts. 1322, 1324, 1332, 1984, 1985 del CC

1. Introducción

El daño es un elemento de la responsabilidad civil. Si la no ejecución o la ejecución parcial, tardía o defectuosa de una obligación contractual no causa daño al acreedor, el deudor no será responsable. Si, por ejemplo, el cumplimiento de la obligación no tiene más interés para el acreedor, su inejecución no causará ningún daño y el deudor no será responsable.En ese contexto, resulta relevante la…