1. No existe vulneración al derecho de defensa si el demandado ha fijado su domicilio real en el lugar donde se realizaron los actos de notificación que cuestiona (Exp. N.° 2901-2014-PA/TC)

Si el demandado recibe la notificación de la demanda (alimentos) en un domicilio que dice no era el suyo –lo que motiva su proceso de amparo–, pero consignó dicho domicilio en su contestación extemporáneamente presentada en el proceso judicial, habrá tomado conocimiento del proceso y, por lo tanto, no existirá vulneración al derecho de defensa. AsÍ lo ha resuelto el pleno del Tribunal…