Sumario

1. Dos temas previos. 2. Disparidad de criterios respecto del estándar probatorio exigible al prescribiente. 3. La interpretación adecuada respecto del supuesto de posesión pacífica. 4. La interrupción y suspensión del plazo de prescripción. 5. La prescripción del propietario o de quien ostenta título negocial adquisitivo. 6. El concepto de justo título en la prescripción adquisitiva de dominio. 7. La potestad de aplicar el principio iura novit curia cuando se demanda la prescripción corta (5 años), alegando justo título por buena fe; sin embargo, si bien se advierte que no existe justo título, se acredita que el prescribiente cumple con los requisitos para la prescripción larga. 8. La aplicación de la Ley N.º 29618, Ley que establece la Presunción de que el Estado es poseedor de los Inmuebles de su Propiedad y declara Imprescriptibles los Bienes Inmuebles de Dominio Privado Estatal, publicada el 24 de noviembre del 2010. 9. La prescripción adquisitiva de dominio por las personas jurídicas y especialmente por las asociaciones. 10. Referencias bibliográficas.

Resumen

Este informe expone los tópicos identificados por la Corte Suprema como controvertidos en materia de prescripción adquisitiva, los cuales adquieren especial relevancia para efectos de aprobar un nuevo pleno casatorio civil. A partir de pronunciamientos casatorios, plenos jurisprudenciales y la doctrina pertinente, el autor, quien ha sido amicus curiae en la última audiencia plenaria, esclarece los principales dilemas que se han suscitado en la evaluación de los supuestos exigidos por la ley para prescribir, respetándose el marco constitucional y las necesidades que han surgido en la dinámica de nuestro sistema de asignación de propiedad.

Palabras clave: Bienes estatales de dominio privado, interrupción y suspensión de la prescripción, justo título, posesión pacífica

Fundamento legal: Arts. 73 de la Const. Pol.; 896, 920, 927, 950, 952, 953, 1996, 2013, 2022 del CC; 438, 504 del CPC

1. Dos temas previos

1.1. Los alcances de un pleno casatorio civilMediante resolución del 17 de setiembre del año en curso, expedida por la Primera Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de la República en la Casación N.º 2582-2023-Santa, se ha convocado el Décimo Primer Pleno Casatorio Civil “para efectos de establecer pautas interpretativas con efectos vinculantes para las decisiones que en el futuro adopten los…