El demandante debe acreditar fehacientemente el daño sufrido derivado del incumplimiento contractual
[pp. 171-179]
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Referencias Bibliográficas
- 1.Según acta de audiencia obrante a fojas ochenta y dos del expediente principal. Volver
- 2.Según lo descrito en la sentencia de primera instancia contenida en la resolución número veintiuno de fecha siete de abril de dos mil diecisiete (ver fojas doscientos quince del expediente principal). Volver
- 3.Taboada Cordova, Lizardo, Elementos de la responsabilidad civil, 3.a ed., Lima, 2013, pp. 33-34. Volver