Al Código Civil se le ha incorporado, mediante la Ley N.° 32228, del 8 de enero del 2025, el numeral 233-A, que señala lo siguiente: En los procesos sobre materia de familia, se respetan los principios de oralidad, tutela judicial efectiva, inmediación, buena fe y lealtad procesal y oficiosidad. En los procesos que involucren derechos de niños y adolescentes, los jueces están obligados a evaluar…