Sumario

1. Introducción. — 2. Superficie en el corredor de la Costa Verde. — 3. Superficie en la selva peruana. — 4. Conclusión.

Resumen

El autor desarrolla dos puntuales casos en los que los operadores registrales estatales colocaron diversos reparos y observaciones en la tramitación de la inscripción del derecho de superficie sobre bienes de dominio público, lo que ha significado en ambos casos un perjuicio para la inversión privada, sobre todo al inobservarse normas pertinentes, o requerir mayores informes de otros entes públicos.

Palabras clave: Bienes estatales, derecho de superficie, inversión privada, registros públicos

Fundamento legal: Arts. IX, 1373 del CC; 82 del TUO de la Ley N.° 26221; 7 del D. S. N.° 011-97-AG; 25 del D. S. N.° 01-95-MTC

1. Introducción

Es muy común hablar del derecho de superficie en el mundo privado. Existe derecho de superficie, por ejemplo, en el ámbito de las playas, el campo, las gasolinerías, las playas de estacionamiento y los centros comerciales. Por lo tanto, este derecho real sobre bien ajeno, no obstante su antigüedad, hoy sirve y mucho a la inversión privada, pero si le aborda en el mundo público, su regulación a…