RESOLUCIÓN N.° 017029-2024- DSD-INDECOPI
Resumen jurídico. La solicitud de registro de signo distintivo debe contemplar una denominación correspondiente con expresiones que no atenten contra la moral y el orden público. La marca no se puede estructurar de elementos figurativos que respalden denominaciones que lesionen las buenas costumbres. RESOLUCIÓN N.° 017029-2024/DSD-INDECOPI ProcesoSolicitud de registro de marcaDecisiónDenegar el…
