Sumario
1. Introducción. — 2. El mobbing como daño a la persona. — 3. El daño biológico y a la salud por mobbing. — 4. Mobbing y el daño moral. — 5. Mobbing y el daño al bienestar o existencial. — 6. Conclusión. — 7. Referencias bibliográficas. —8. Referencias jurisprudenciales.
Resumen
Las afectaciones producidas en el ámbito laboral por el fenómeno del mobbing (o terror psicológico) pueden constituir daño a la persona en el trabajador afectado, el cual guarda relación con otras voces del daño no patrimonial (sea el biológico, a la salud, la moral y al bienestar). No obstante, nuestro Código Civil, al reconocer en su artículo 1985 la categoría general del daño a la persona, sí garantiza una protección reparadora frente al mobbing.
Palabras clave: Daño biológico, daño a la persona, daño a la salud, mobbing
Fundamento legal: Arts. 1, 2 de la Const. Pol.; 1985 del CC
Recibido: 26-06-24
Aprobado: 07-07-24
Publicado en línea: 05-08-24
1. Introducción
El ambiente de trabajo en muchas ocasiones es afectado por una serie de situaciones perjudiciales, que podrían ocasionar detrimentos a la salud y al bienestar del trabajador.A partir de los años ochenta del siglo xx, con los estudios del profesor alemán Heinz Leymann (1996), estas situaciones peyorativas se condujeron al fenómeno denominado como mobbing.La expresión mobbing proviene del inglés to…

