CASACIÓN N.° 5932-2019 LIMA NORTE

Resumen jurídico. El Estado requerido para la restitución internacional de un menor podrá eximirse de dicha obligación de cumplimiento en atención al artículo 13 del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, bajo la prerrogativa de proteger el interés superior del niño y adolescente por causas que refieran a la afectación menor por el comportamiento, cuidado…