Sumario

1. Justificación terminológica. 2. La clasificación de las relaciones obligatorias por la pluralidad de sujetos. 3. Los requisitos constitutivos de la subjetividad compleja en las relaciones obligatorias. 4. Las obligaciones con prestación divisible. 5. La mancomunidad (rectius parciariedad) en las relaciones obligatorias. 6. Notas conclusivas. 7. Referencias bibliográficas. 8. Referencias jurisprudenciales.

Resumen

Según el autor, la terminología legislativa y consecuencias jurídicas relativas a las obligaciones de sujeto plural establecidas por el Código Civil no son del todo precisas, especialmente en lo relativo a las obligaciones mancomunadas; en ese sentido, el análisis de las obligaciones con prestación divisible y mancomunada se efectuará atendiendo a la legislación y doctrina extranjera con particular énfasis en la doctrina italiana, sin perjuicio de comentar los proyectos de reforma que se han formulado sobre el particular.

Palabras clave: Obligaciones, obligaciones con sujeto plural, obligaciones divisibles, obligaciones mancomunadas

Fundamento legal: Arts. 1172, 1173, 1174 del CC

Recibido: 02-10-23

Aprobado: 23-10-23

Publicado en línea: 03-11-23

1. Justificación terminológica

Tanto nuestro idioma (español) como la tradición jurídica (civil law) a la que nos adhreimos nos permiten realizar abstracciones de las diversas instituciones presentes en el derecho para dar como resultado categorías jurídicas (Sacco y Rossi, 2019, pp. 48-49). El perfecto ejemplo de ello es el negocio jurídico1, que no encuentra ni en el francés ni el inglés una abstracción al nivel de la…