Resumen jurídico: En un proceso de cambio de nombre, por su naturaleza contenciosa, se deberá emplazar al Reniec, así como a la Municipalidad que corresponda, los cuales deberán de ejercer su defensa por medio de sus procuradores públicos; de lo contrario, se estaría inobservando el procedimiento preestablecido, el cual se rige por las reglas procesales relativas al proceso contencioso.CASACIÓN…