pasiva, la instancia de apelación resuelve declarar fundada dicha excepción, pero con argumentos incongruentes respecto del petitorio del excepcionante y los hechos verificados en el expediente, ya que el incidente se resolvió desde la perspectiva de la legitimidad del accionante, mas no del demandado. CASACIÓN N.° 3771-2018 PIURASentencia en Casación, Año XXVII / N.° 827(El Peruano, 21/03/2023,…
Existe incongruencia omisiva si al resolver una excepción de falta de legitimidad para obrar pasiva, el tribunal alegue argumentos que atañen más bien a la legitimación activa (Casación N.° 3771-2018 Piura)

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- TEXTO DE LA CASACIÓN
- Referencias bibliográficas
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